Apostilla y traducción pública: una combinación necesaria para sus trámites en Argentina o en el exterior (Parte 2)

Trámites en Argentina

En la primera parte de este artículo, abordamos la tramitación de la apostilla antes de proceder con la traducción. Ahora hablaremos de la apostilla y la traducción pública.

Ahora bien, ¿qué sucede con la apostilla y las traducciones públicas?

Una vez obtenida la apostilla, se presentan dos escenarios.

Documentos argentinos apostillados para su presentación en el exterior:

• En general, dado que la apostilla se emite con firma digital, se recomienda no imprimir el documento fuente y la apostilla, ya que se perdería la validez digital del instrumento. Sin embargo, muchas personas optan por imprimir todo ya que les resulta más cómodo para presentarlo en instituciones del exterior. En ese caso, y luego de la aclaración correspondiente, se puede proceder a la traducción y legalización en papel.

• Si se opta por una traducción pública con firma digital, se respeta entonces la naturaleza digital de la apostilla y se legaliza también de forma digital.

• En el sitio oficial de la Cancillería Argentina se aclara que es necesario apostillar además la legalización emitida por el Colegio de Traductores. En caso de optar por esta vía, si la traducción y la legalización hubieran sido hechas bajo la modalidad digital, solamente se requerirá tramitar la segunda apostilla tal cual se tramitó la primera. Si, por el contrario, la traducción y la legalización estuvieran en formato papel, se podrá tramitar una reválida digital para poder proceder con la segunda apostilla. Este proceso debe ser llevado a cabo por el traductor público interviniente.

Documentos apostillados en el extranjero y su presentación ante autoridades argentinas:

• Los documentos apostillados en el extranjero que deban ser presentados ante autoridades argentinas deberán ser traducidos por traductores públicos matriculados en la República Argentina. No se aceptan las traducciones hechas en el exterior.

• El estado argentino ha digitalizado en gran parte su sistema de trámites públicos, por lo tanto, se puede optar por una traducción con formato en papel o con firma digital. La legalización del Colegio de Traductores es obligatoria.

• En algunas instituciones públicas, aún se requiere la presentación de documentación original en papel. En ese caso, se recomienda proceder con la traducción pública con firma y sello ológrafos, además de la legalización en papel.

En Estudio NSG, contamos con el servicio de firma digital, además del formato tradicional ológrafo. En caso de ser necesario, tramitamos reválidas para traducciones llevadas a cabo por el estudio. No dude en consultarnos para poder acceder a un servicio acorde a sus necesidades.

Puede comunicarse con nosotros a través de las siguientes vías de contacto:

Correo electrónico: info@estudionsg.com
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